DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos GENARO RAMON COLMENEREZ Y LUZ MARIA MEDINA, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la cedula de Identidad Nros V- 9.043.995 y V-12.264.416, domiciliados en la calle principal vía al matadero, casa sin número, barrio José Antonio Páez II del municipio Ospino del estado portuguesa y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 24 de FEBRERO de 1985, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa. Según acta N° 06 ASI SE DECIDE.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a la Oficina de Registro Oficina de Registro Civil del Municipio Ospin.....