Se DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado JOEL ROMERO RIVAS, apoderado de la parte demandante en la presente causa, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara con sede en Carora, Sala de Juicio N° 2, en fecha 09 de Mayo del año 2007. En consecuencia, SE RATIFICA la decisión apelada. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.