D IS P O S I T I V A
Por los motivos expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE RESTITUCIÓN DE CUSTODIA, intentada en beneficio del niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , en consecuencia se acuerda la custodia del niño con el padre, ciudadano OCTAVIO JOSÉ GÓMEZ COLLADO.
SEGUNDO: Se acuerda a la madre, ciudadana CARMEN ISABEL OROPEZA GUEVARA, un Régimen de Convivencia Familiar de la siguiente manera: de lunes a viernes en el horario comprendido desde las 3:00 de la tarde hasta las 5:00 de la tarde,
TERCERO: Se ordena Terapia de Familia del Grupo Familiar, entre los ciudadanos Octavio José Gómez Collado, Carmen Isabel Oropeza Guevara, al niño José Miguel Gómez Oropeza y a la abuela patern.....