DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por el apoderado judicial de la parte actora en contra del auto del 31-01-2020 que oyó en un solo efecto la apelación interpuesta contra el auto de fecha 20-01-2020 dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
Expídase copia certificada conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil para ser agregada al libro copiador de sentencias llevado por este tribunal.
Regístrese, publíquese y archívese.