En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 20 de junio de 2007, por el abogado Richard Rodríguez, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano Juvenal Segundo Mendoza Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.537.056 y de este domicilio, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 18 de junio de 2007.
En consecuencia se REVOCA la sentencia en recurrida en los términos aquí establecidos y se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Expídase copia certificada de l.....