Se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al ciudadano EDDY SEGUNDO CORDERO VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, natural de Acarigua, nacido en fecha 107-10-84, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. V-17.276.924, domiciliado en la Avenida 53, casa No. 18, Barrio la Municipalidad, Acarigua Estado Portuguesa; por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio del ciudadano ENRIQUE ANTONIO PÉREZ. Se sobersee la causa con relación al imputado JOSÉ ESTEBAN LOYO.