DECISION
Con fundamento en lo precedentemente expuesto y en pro de la filiación verdadera, y garantizando al niño su derecho a llevar su verdadera identidad y ser cuidado por su padre real, este Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara: Con lugar la demanda de impugnación de paternidad intentada por el ciudadano Luis Eduardo Gaona García, ya identificado, en relación al niño (Omitido de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 65 LOPNNA) en contra de los ciudadanos Erika Rosa Querales Suarez y Evaristo Marcial Querales, ya identificados. En consecuencia, se suprime la filiación paterna del niño con respecto al ciudadano Evaristo Marcial Querales y se ordena asentar su verdadera filiación paterna con relación al ciudadano Luis Eduardo Gaona García. Se advierte que una vez que esta sentencia haya adquirido el carácter de definitivamente firme, el niñ.....