DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la FALTA DE CUALIDAD OPUESTA por la demandada INDUSTRIA ALIMENTICIA NACIONAL DE CEREALES Y HARINA C.A (IANCARINA).
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por los ciudadanos JUAN ALEXIS OSPINO y YORDEN ALEXIS OSPINO BRITO, titulares de la cedula de identidad Nº 8.689.780 y 25.347.796, en su orden.
TERCERO: No se condena en costa por la naturaleza del fallo.
Publicada en el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, a los 09 días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017).
Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada
La Jue.....