PRIMERO: Con fundamento en el encabezamiento del artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN y a las penas accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, que les fue impuesta en fecha 19 de Diciembre de 2016 por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 de este mismo Circuito Judicial Penal a los ciudadanosRAINER XABIER RAMÍREZ VARGAS, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.318.271, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 21 de Noviembre de 1992, hijo de Luisa Vargas y José Manuel Ramírez, de estado civil soltero, de ocupación peluquero, residenciado en el Barrio El Cambio, Sector 02 de Febrero, Calle Principal, casa s/n, Municipio Guanare, Estado Portuguesa; y GILBERT JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-27.431.246, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 31 de Julio de 1998,.....