Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 25/01/2.007 por los abogados Jesús Armando Gil Vásquez y Beatriz Carolina Méndez, en su carácter de endosatarios en procuración de la parte actora María Teresa Mendoza López contra la sentencia dictada por el a quo en fecha 12/01/2.007.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 12/01/2.007 que declaró Perimida la presente causa.
Se condena en costas del recurso a la parte apelante.