Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley condena a la parte demandada, HATO EL BUFALO Y AGROPECUARIA LAS CUATRO ESQUINAS C.A.; a pagar a los demandantes los conceptos señalados que suman : OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS ONCE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS ( Bs 8.855.411,60) A FAVOR DEL ACCIONANTE ; ALCIDES REA , Y La cantidad de. TRECE MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON CINCUENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 13.812.861,51) se declara parcialmente con lugar y No hay condenatoria en costas a la accionada A los nueve días del mes de Abril dos mil siete. Años 196° de la Independencia y 148° de la Federación. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.