Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por las abogadas ANGELICA NAVARRO y MARIBEL GONZALEZ identificadas con matricula de Inpreabogado Nº 141.089 y 40.866 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados Judiciales de REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, contra providencia administrativa Nº 1029-2010 de fecha 20/12/2010 mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano EDILBER MARIANO SALCEDO ANGULO titular de la cedula de identidad Nº 19.798.645.
SEGUNDO: Se ordena la reposición de la causa al estado que la Inspectoría del Trabajo de la ciud.....