DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado MAGLIN VERA SALCEDO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 140.869, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana Rosalinda Salas Felice, titular de la cédula de identidad Nª 1.569.781, en contra de la sentencia definitiva de fecha 30 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la cual negó la medida cautelar innominada de que se ordenara la entrada de la aquí apelante a la sede de la Sociedad Mercantil Construcciones y Mantenimientos SALAS FELICE, CA "SALFECA, CA", ratificándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: De conformidad con el.....