En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la presente pretensión por REIVINDICACIÓN DE BIEN INMUEBLE, incoada por el ciudadano: VICTOR HUGO NOVOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.400.128, contra la Sociedad Mercantil "FERRETERIA LA MAGICA C.A." debidamente inscrita por ante la Oficina del Registro Mercantil Primero del estado Portuguesa, en fecha 27-07-2015, bajo el Nº 5, Tomo 28-ARM410, con domicilio en la carrera 9, entre calles 14 y 15 de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, representada por los ciudadanos: ROBERTO CESAR GONZÁLEZ y RODOLFO MANUEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-20.545.375 y V-12.510.405 respectiva.....