el Tribunal oída como ha sido las exposiciones de las partes, en las cuales llegaron al presente Convenimiento en la presente comisión conferida por el Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Régimen Transitorio del Circuito Laboral del Estado Portuguesa y al no ser contraria a derecho acuerda lo aquí Convenido y ordena la devolución de la presente comisión al Tribunal comitente a los fines de su homologación