En razón de lo expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de la muerte del imputado adolescenteidentidad omitida ya identificado, conforme a lo establecido con los artículos 103 del Código Penal, 48 del Código Orgánico Procesal Penal numeral primero, en concordancia con el numeral 3 del artículo 318 ejusdem, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida al prenombrado, por los delitos de ROBO GENERICO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, en perjuicio de los ciudadanos URQUIOLA NIETO OSWALDO JESÚS, PEÑA TOVAR JOSÉ NEPTALÍ Y MONTILLA ALVAREZ LISSBETH ELIMAR, Por cuanto se pone fin al proceso se ordena notificar al Fiscal Quinto del Ministerio Público, Defensora Pública, Victimas y Representantes Legales del adolescente.
En la ciudad de Guanare .....