Por todo lo anteriormente argumentado que este Tribunal de Juicio Mixto N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley POR UNANIMIDAD absuelve al ciudadano Ulises José Camacaro, venezolano, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.566.880, natural de Botucal, Municipio Guanarito Estado Portuguesa, nacido el 20/01/1962, hijo de Julio Fonseca y Blanca Camacaro, residenciado en el caserío Botucal, Municipio Guanarito, casa S/ N° , calle principal vía Banco de Morrones de esta ciudad de Guanare, en cuanto a la participación y consecuente responsabilidad del mismo en la comisión del delito de Trafico de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 34 de la extinta Ley Orgánica Sobre Sustancia Psicotrópica, en perjuicio del Estado Venezolano ( Salud Pública).....