DISPOSITIVA
Es por estos razonamientos, que este Tribunal del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por MENDOZA PADILLA ARSENIO ANTONIO Y SALAS MENDOZA LEIDA ROSA, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-11.399.751 y V- 12.709.399, ya identificados y disuelto en consecuencia el matrimonio por ellos contraído el 07 de Septiembre de 1990 ante la Junta Comunal de la Parroquia la Aparición del Municipio Ospino del Estado Portuguesa según acta Nº 11.. ASI SE DECIDE.-
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese al Registro Civil de la Parroquia la Aparición Municipio Ospino del Estado Portuguesa, así como el Registrador Principal del Estado Portuguesa de la presente sentencia una vez que quede firme, anexándole copia certificadas de la misma, a los fines de que estampen la correspondiente not.....