En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente RECURSO DE HECHO intentado por la ciudadana MARIEN CRISTINA ISACURA ATENCIO, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 102.050 y de este domicilio, actuando en representación de la sociedad mercantil TRAUMACOR C.A, contra el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, por la negativa de apelación interpuesta contra el auto dictado en fecha 11 de julio de 2005, en el asunto N° KP02-L-2005-001546.