la ciudadana Margarita Coromoto Jiménez Yépez, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº- 9.408.596 y debidamente asistida por la abogada Nidia Rocha, antes identificada solicita el derecho de palabra y concedido expone: convengo en la demanda y le ofrezco pagar la cantidad de veintisiete Mil Novecientos Cuarenta Bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bs. 27.940, 88) de la siguiente manera cuatro cuotas pagadera los cinco de cada mes comenzando el cinco de Septiembre de 2012 con la primera por un monto de Cuatro Mil Quinientos Bolívares , el mismo monto el cinco de octubre, en noviembre Nueve Mil Cuatrocientos Setenta Bolívares y en Diciembre la cantidad de Nueve Mil Cuatrocientos setenta Bolívares, mas la cantidad de Mil Bolívares por concepto de pago de perito y depositaria entregando en este acto Mil Ciento Sesenta Bolívares a razón de Doscientos Setenta Bolívares la hora. Seguidamente la Abogada Adriana González antes identificada, solicita el derecho de palabr.....