DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Sala Accidental de la Corte Superior de la Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la recusación interpuesta por los Abogados GRISELDA RODRÍGUEZ DE PISANO, POELIS CRISÁLIDA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, ERNESTO JOSÉ PACHECO SAAVEDRA y LUIS JAVIER BARAZARTE SANOJA, en su condición de Defensores Privados de los jóvenes adultos (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), en contra del Abogado JUAN SALVADOR PÁEZ GARCÍA, Juez del Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, con sede en Guanare, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser manifiestamente infundada y por haber sido propuesta fuera de la oportunidad legal.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia y r.....