Por todos los razonamientos antes expuestos, y con fundamento en la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa, sede Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La extinción del procedimiento de jurisdicción voluntaria por pérdida de interés procesal del oferente, en la Oferta Real de Pago presentada por la por la empresa CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., a favor de la ciudadana ISMIL SOLEDAD ESCOBAR RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.585.695.
SEGUNDO: Se ordena fijar Cartel de Notificación dirigido a la parte oferente, en la cartelera del Tribunal de este Circuito Laboral, por un lapso de diez (10) días de despacho, de acuerdo a sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24/04/2009 co.....