DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Yoleida Rodríguez, en su condición de Defensora Pública Décima Segunda Penal Ordinario en Defensa del ciudadano TULIO ENRIQUE ALARCON, contra la decisión dictada en fecha 12/11/2013 y fundamentada en fecha 26/11/2013, por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal, mediante el cual DECRETÓ LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano TULIO ENRIQUE ALARCON, Titular de la Cedula de Identidad Nº 14.523.064, por la presunta comisión de los delitos de USURPACIÓN DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 213 del Código Penal, ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concord.....