DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
ÚNICO: Declara INTERRUMPIDO EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en la presente causa, seguida contra el ciudadano Durbis Antonio Sangronis Juárez, a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de Secuestro, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con el artículo 16 de la Ley contra la delincuencia Organizada, artículo 8 ordinal 1° ejusdem y el artículo 83 del Código Penal y Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de Carlos Enrique Méndez González y el Estado Venezolano y se fija nueva .....