Con fundamento en lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: declara con lugar la solicitud y REVOCA la medida de Colocación en Entidad de Atención dictada en fecha dos (02) de febrero de 2.011, en la persona de la "Casa Hogar Niño Jesús" de la ciudad de Los Muchachos de Aregue y restituye la custodia en la persona de la ciudadana Lisbeth Leal Pinto, ya identificada, a favor del niño (omitido artículo 65 LOPNNA). La madre debe asumir la manutención de su hijo, deberá cuidarlo y estar pendiente de su educación.