En base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA suficientemente a la ciudadana MARIA ZORAIDA ELENA COLOMBO DE PEREZ ya identificada, para tramitar el pago de sobre las prestaciones sociales, fideicomiso, y todos los beneficios que le correspondan por Ley ante la mencionada empresa IMPRESOS MUNDO AFICHE C.A, así como también, para retirar el dinero en la cuenta de ahorro del Banco de Venezuela, y que pertenecen al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, en calidad de herederos.
Se le advierte a la solicitante, a IMPRESOS MUNDO AFICHE C.A, BANCO DE VENEZUELA y cualquier otro organismo, que los montos correspondientes al.....