DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1.- CON LUGAR la acción por obligación alimentaria interpuesta por la ciudadana GLORIMAR YANIRA DÍAZ TORCATEZ, en representación de sus hijas: GLORISNEL ANDREÍNA VILLEGAS DÍAZ y MARIALE ALEXANDRA VILLEGAS DÍAZ, contra el ciudadano NELSON JOSE VILLEGAS CARBAJAL.
2.- En consecuencia, acuerda y fija la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano ciudadano NELSON JOSE VILLEGAS CARBAJAL, para sus hijas GLORISNEL ANDREÍNA VILLEGAS DÍAZ y MARIALE ALEXANDRA VILLEGAS DÍAZ, en la cantidad de Ochenta Mil
Bolívares (Bs. 80.000,oo) mensuales y Ciento Sesenta Mil Bolívares (Bs......