DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente solicitud de Divorcio Por Desafecto de conformidad con lo dispuesto en las Sentencias Nº 1070, Expediente Nº 16-0916, de fecha 09/12/2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, y Sentencia Nº 136, bajo la ponencia del Magistrado Guillermo Blanco Vásquez, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por el ciudadanoPablo Antonio Vargas Orellana, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-8.054.152, domiciliado en el Sector El Rosal de la Parroquia Biscucuy, Municipio Sucre del Estado Portuguesa, debidamente asist.....