En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con lugar la demanda de cobro de bolívares en vía intimatoria, incoada por el Abogado JAIME GONZÁLEZ TROCONIS, en su carácter de mandatario en procuración del ciudadano JOSE BENJAMIN TORREALBA, contra el ciudadano GILBERTO ANTONIO BOLAÑO, ambos identificados.
En consecuencia, se condena al demandado a cancelar al actor las siguientes cantidades: A) Ciento Treinta y Siete Mil Doscientos Veintiocho Bolívares con Treinta y Tres Céntimos (Bs.137.228,33), que comprende, el valor a capital del título de comercio accionado y los derechos de comisión del orden de un sexto por ciento (1/6 %); y B) Las costas procesales de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, incluido los honorarios profesionales de A.....