En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la presente TRANSACCIÓN y le da el carácter de cosa juzgada; por cuanto queda pendiente el cumplimiento del pago acordado, los tramites ante Iinstituto Venezolano de los Seguros Sociales no se da por terminada ni archivada la causa. Se acuerda expedir la copia fotostática certificada de la presente acta solicitada por la parte demandada.
En este estado las partes convienen en prolongar la presente audiencia preliminar motivado que queda pendiente llegar a un acuerdo referente al concepto de daño moral demandado, las misma fijan de mutuo acuerdo para el miércoles 19 de febrero del año 2020 a las 10:30 a.m