Este Tribunal a los fines de garantizar el debido proceso se acuerda:
1.- Una Medida Cautelar menos gravosa de conformidad con el a artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, (presentación cada 8 días ante la taquilla de presentación de imputados)
2.- Fijar Juicio para el día 27-04-06 a las 03:00 pm.
3.- Se acuerda librar comunicaciones, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para que practique experticia decadactilar, al acusado Jhonny Ramón Guevara para el día 14-03-06 a las 10:00 am.
4- Se ordena la remisión de copia certificada de la presente decisión al Fiscal Superior, a los fines de informarle de la no presentación al acto conclusivo de parte de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público.
5.- Asimismo, se insta a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público a hacer cumplirle artículo 108 ordinal 2° en relación a la prueba de la huella decadactilar, que se ordene practicar al acusado el día 14-03-2006 a las 10:00 .....