DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo establecido en el Art. 76 primera aparte de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así como a lo establecido en el Art. 365 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, declara: CON LUGAR la demanda que por Obligación de Manutención fue incoada por la ciudadana NANCY COROMTO GÓMEZ, en beneficio del Adolescente (se omite su identificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la L.O.P.N.N.A.), en contra del ciudadano CARLOS ORLANDO FLORES MARTÍNEZ, todos suficientemente identificados en autos y fija por concepto de Obligación de Manutención que el demandado debe otorgar a su hijo la cantidad de Quinientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 500) mensuales, los cuales deberá can.....