CONDENA al ciudadano CARLOS ENRIQUE ESPAÑA AGUILERA, titular de la Cedula de Identidad Nº (...), a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y OCHO (08) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN POR LA COMISION DE LOS DELITOS DE VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA previstos y sancionados en el artículo 39, 40, Y 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Victima la ciudadana MARIA FERNANDA MUNDARAIN FARIAS. SEGUNDO: Se ratifican la medidas de seguridad y protección impuestas a favor de la víctima, así mismo se ACUERDAN las medidas de protección y seguridad establecida en los ordinales:5, 6 Y 13º del artículo 87 de la Ley especial de Género, referidas a: NUMERAL 13°: No cometer nuevos hechos de violencia en contra de la victima de autos, de conformidad con el artículo 91, numeral: 1 de la Ley Especial de Género. TERCERO: Se dicta la Medida Cautelar contenida en el artículo 95 numeral 7° de la Ley Orgánica Sobre el Der.....