DECISION
En fuerza de la motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de juicio Nº1 del Circuito Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida los ciudadanos, CARLOS LOPEZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.568.865 y GREGORIO DE JESUS NIÑO, portador de la cedula de identidad Nº 8.719.489, por la comisión de los delitos de INJURIA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el articulo 444 y 175, respectivamente, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Ender Montiel, todo ello como consecuencia del DESESTIMIENTO TACITO, por parte del querellante, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 48, ordinal 3º, 416 segundo aparte y 318, ordinal 3º todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara que la acusacion no fue falsa ni temeraria, por las motivaciones.....