DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Revisión de sentencia de alimentos de conformidad con los artículos 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- En consecuencia se condena a suministrar como monto de la pensión de Alimentos la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo) MENSUALES, a partir del mes de MAYO del presente año. Igualmente se condena a suministrar el 50% de los gastos médicos, escolares y vestimenta.- Abrase carpeta de cumplimiento alimentario.-