DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada PAULA INMACULADA GARCÍA JIMÉNEZ, apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del estado Lara, en fecha 20 de febrero de 2006, donde declaró CON LUGAR la pretensión del actor, y en consecuencia, DEFINITIVO el lindero provisional fijado por el Juzgado del Municipio Jiménez de esta Circunscripción Judicial, mediante acta de fecha 15 de octubre de 2003, y se estableció que las medidas de los linderos de la propiedad del ciudadano Juan Damaceno Gutiérrez son como siguen: Norte. En línea de doce metros lineales (12 mts) con pared de bloque propiedad de Próspero Gutiérrez con una franja irregular po.....