Por consiguiente, con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: La perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el proceso en la causa seguida por Ciudadana: María Fátima Gómez Camacho contra la Dirección Regional de Salud y Desarrollo Social del estado Portuguesa, por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales.
Segundo: No hay expresa condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, a los Diez días del mes de Julio de 2006, años 196° de la Independencia y 147° de la Federac.....