DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado VICENTE PERERA, Apoderado Judicial parte actora en contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 27 de abril de 2017, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se declara la inepta acumulación de pretensiones conforme a lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil; y por tanto, la inadmisibilidad de la demanda de Divorcio interpuesta por la ciudadana Yolimar Beatríz Rodríguez Sánchez contra Alejandro Ignacio Aguilar Rodríguez antes identificados; conforme a lo establecido en el artículo 341 ejusdem.
Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
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