En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a favor del adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY, quien fue sancionado por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, cometido en perjuicio del ciudadano: RAFAEL TEODORO RODRIGUE, el CESE de la medida de SERVICIO A LA COMUNIDAD, de conformidad a lo establecido en los artículos 645 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en virtud de haber cumplido responsablemente con dicha sanción por el lapso ininterrumpido superior al establecido para el cumplimiento de la misma, que era de SEIS (06) MESES, se decreta la LIBERTAD PLENA del mencionado adolescente, así mismo se ordena, notificar a las partes y la remisión de la presente causa al Archivo Regional, una vez conste en autos las notif.....