DISPOSITIVA:
En fuerza de las motivaciones que preceden, este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara con Lugar, la demanda de fijación de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana: YULITZA YAXELI TORREALBA SOTO, identificada supra, en su condición de representante legal de su hijo: xxxxxxx en contra del ciudadano: JOSE ANGEL MONAGAS HIDALGO, identificado supra, y se fija como Obligación de Manutención la cantidad de Mil Bolívares (Bs.1.000,oo) mensuales, a partir del mes de octubre de dos mil catorce, en el mes de diciembre de cada año, la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,oo), para sufragar los gastos de ropa y zapato. Respecto a los gastos de médico y medicina será proporcionado por ambos padres, cuando los requieran los niños beneficiarios en este procedimiento; previéndose el ajuste automáti.....