El Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo presentado, por el ciudadano José de Jesús Rivero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro: V-4.736.266, asistido en este acto por el abogado Juan Carlos Pineda, Ipsa N° 136.062, considerando que el Tribunal competente para conocer del presente Recurso es el JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL; en tal sentido declina la competencia a dicho Tribunal, de conformidad con los artículos 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil. Déjese Transcurrir el lapso para ejercer el recurso de regulación de la competencia, como lo establece el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil; y de no ejercerse di.....