D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y de derecho éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de CUSTODIA intentada por el ciudadano FELIX ALEXANDER BRACHO UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.076.559, actuando en representación de su hija: SE OMITE, actualmente de once (11) años de edad, representados en este acto por el Abogado GERARDO TORREALBA, Defensor Público Segundo para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en contra de la ciudadana JELITZA NATALIE REINA CAGUARIPANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.082.472, todos identificados en autos. En consecuencia se DECRETA.....