DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por la ciudadana YUSBELY COROMOTO FIGUEREDO MEJÍA, en nombre de la niña (Identidad omitida de conformidad a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contra el ciudadano JESÚS DANIEL ALVARADO, se fija la suma de TREINTA MIL BOLIVARES (BS. 30.000,00) MENSUALES y los demás gastos como son ropa, calzados, estrenos en la fecha de diciembre, consultas médicas, medicinas, ropa calzado, entre otros que la niña pueda precisar sean compartidos entre ambos progenitores, cuando sean requeridos por la infante. El dinero por estos conceptos deberá ser entregado por m.....