DISPOSITIVA
En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por la abogada ELSY CADENA PEÑA, en su carácter de Defensora Pública en funciones de Ejecución, contra la decisión dictada en fecha 07 de Octubre del 2008, por el Juzgado de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en funciones de Ejecución Nº 2 Guanare, mediante la cual niega por improcedente la Conmutación de la Pena en Confinamiento, al penado HERNÁNDEZ JOSÉ DE LOS SANTOS, conforme al artículo 53 del Código Penal.