DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano DOMINGO ANTONIO SERENO ARROYO contra TALLER BONILLA, motivo: cobro de prestaciones sociales; en consecuencia se ordena a la demandada a que pague al trabajador la cantidad de CIENTO SETENTA MIL, SESENTA Y CINCO BOLÍVARES, CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 170.065,32), por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Audiencias, d.....