DISPOSITIVA
Este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la oposición a la medida preventiva de embargo formulada por el ciudadano JORGE DE ABREU, en el presente juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN incoara la ciudadana BETHANIA DEL VALLE TORRES MÚJICA, contra la ciudadana MARIA SALOME AZEVEDO, todos suficientemente identificados en autos.
Se suspende la medida de embargo preventivo decretada y practicada sobre el vehiculo MARCA: FORD, MODELO: LASER 1.8, AÑO: 2000, PLACA: UAB-92S, SERIA DE CARROCERÍA 8YPLP11EXY8A27935, SERIAL DE MOTOR: YA27935, COLOR AZUL, CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR.