DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por abogado JOSE ANGEL AÑEZ, actuando con el carácter de defensor de los imputados PUENTES URBINA CRISTIAN y RODRIGUEZ SALAZAR JEAN FRANCO. 2- Revoca la decisión dictada en fecha 17-10-2006, por el Juzgado de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos PUENTES URBINA CRISTIAN y RODRIGUEZ SALAZAR JEAN FRANCO, por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de Tentativa. 3.- Ordena la libertad de los ciudadanos PUENTES URBINA CRISTIAN y RODRIGUEZ SALAZAR JEAN FRANCO, sin restricción alguna.