DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, conforme lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el CESE DE LA SANCIÓN de AMONESTACIÓN que le fuere impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, en consecuencia se declara la LIBERTAD PLENA del mismo, en lo que respecta a las identificadas causas acumuladas. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto una vez vencido el lapso de ley. Se ordena el reingreso del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a la Casa de Formación Integral Acarigua I, a la orden de este Tribunal, en virtud de que a dicho adolescente se le sigue por ante este Tribunal causa penal signada con el N°PP11-D-2010-000521, en la cual cumple sanción Privativa de .....