En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de reconocimiento judicial de instrumento privado, incoada por la ciudadana DULCE MARIA DELGADO contra los ciudadanos ANDRES GONZALEZ MENDOZA y ELICIA AMPARO BRICEÑO, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación interpuesta por la parte actora, quedando confirmada la sentencia de fecha 03-12-2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.