en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: la CONFESION FICTA y en consecuencia CON LUGAR, la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por la ciudadana: ERIKA VANESSA PEREIRA DE LIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-20.499.231 contra la ciudadana: JUANA BONIFACIA PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.084.287.
En consecuencia SE TIENE LEGALMENTE POR RECONOCIDO el instrumento privado, que riela al FOLIO DOCE (12) del presente expediente, suscrito por ciudadana: JUANA BONIFACIA PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.084.287, contentivo del negocio jurídico de compra-venta, de un inmueble constituido por una casa, construida sobre un lote de terreno de propiedad municipal, cuya superficie, ubicación y linderos constan en el respectivo documento.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el copiador de sentencias de es.....